Teléfonos celulares en prisión
Es sabido que en contextos de encierro son múltiples las privaciones de derechos que sufren quienes se encuentran privados de la libertad, el derecho a estar comunicado con el exterior no es ajeno a ello. Actualmente en las prisiones mendocinas, como en las existentes en el país, el uso de teléfonos...
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Publicado: |
2017
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Acceso en línea: | https://bdigital.uncu.edu.ar/fichas.php?idobjeto=10354 |
Sumario: | Es sabido que en contextos de encierro son múltiples las privaciones de derechos que sufren quienes se encuentran privados de la libertad, el derecho a estar comunicado con el exterior no es ajeno a ello. Actualmente en las prisiones mendocinas, como en las existentes en el país, el uso de teléfonos celulares por parte de reclusos no está permitido, al menos en lo normativo-formal, más allá de que en la práctica se trate de un hecho prácticamente cotidiano. De este modo, el presente trabajo pretende describir y analizar el derecho a la comunicación de las personas privadas de la libertad, mantenimiento de las relaciones familiares y sociales, y al mismo tiempo indagar sobre la existencia y uso de teléfonos celulares, intentando problematizar la temática no sólo desde el punto de vista legal-normativo sino desde la multiplicidad de facetas o aspectos que involucra, y que van desde derecho a la comunicación hasta el gobierno y control de la institución, Ello a partir de una intervención en el campo mediante exploración en el Complejo Penitenciario III Almafuerte de la provincia de Mendoza, rescatando voces y experiencia tanto de agentes como de reclusos. |
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