Las trampas que encierra el derecho
La obstaculización del acceso a la salud para las mujeres y la consiguiente judicialización constituyen múltiples formas de violencia que operadores de justicia y operadores de salud pública legitiman de diferentes formas, valiéndose de herramientas legales tales como la objeción de conciencia. Es...
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2017
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2017-06-15 |
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La obstaculización del acceso a la salud para las mujeres y la consiguiente judicialización constituyen múltiples formas de violencia que operadores de justicia y operadores de salud pública legitiman de diferentes formas, valiéndose de herramientas legales tales como la objeción de conciencia.
Este menoscabo del ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres pone en duda la eficacia de la norma jurídica, ya que el mero reconocimiento de derechos desde la legalidad no garantiza su efectividad en la práctica.
Las convenciones y declaraciones de derechos humanos son valiosos instrumentos que dan cuenta del avance en el reconocimiento de derechos para las mujeres. Pero esos instrumentos y las conmemoraciones de ciertas fechas para las mujeres fueron absorbidas o tergiversados en su significado reivindicativo y crítico, dando cuenta de las trampas que encierran las vías jurídico-legales, al no traducirse en políticas género sensitivas que tengan como finalidad la superación de la desigualdad entre los géneros.
Ese tipo de situaciones evidencia que existen prácticas sociales que han definido las reglas del saber en cada momento histórico asignando los roles en la sociedad, a través de la legitimación aquiescente del derecho: hombre/trabajador/propietario/esposo; mujer/ama de casa/esposa; designando y diferenciado claramente los espacios de actuación para cada rol, en el espacio de lo público el ser masculino y en el espacio de lo privado, el ser femenino.
Es a través del derecho y sus instituciones que se perpetúa la subordinación de mujeres con el objetivo de disciplinar y controlar los cuerpos, la sexualidad y la capacidad reproductiva.
El debate feminista posibilita un análisis crítico de esas instituciones que deberían responder a las problemáticas de violencia que afectan a la sociedad en general y a las mujeres en particular.
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Tarqui Lucero, Andrea Valentina |
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Este menoscabo del ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres pone en duda la eficacia de la norma jurídica, ya que el mero reconocimiento de derechos desde la legalidad no garantiza su efectividad en la práctica.
Las convenciones y declaraciones de derechos humanos son valiosos instrumentos que dan cuenta del avance en el reconocimiento de derechos para las mujeres. Pero esos instrumentos y las conmemoraciones de ciertas fechas para las mujeres fueron absorbidas o tergiversados en su significado reivindicativo y crítico, dando cuenta de las trampas que encierran las vías jurídico-legales, al no traducirse en políticas género sensitivas que tengan como finalidad la superación de la desigualdad entre los géneros.
Ese tipo de situaciones evidencia que existen prácticas sociales que han definido las reglas del saber en cada momento histórico asignando los roles en la sociedad, a través de la legitimación aquiescente del derecho: hombre/trabajador/propietario/esposo; mujer/ama de casa/esposa; designando y diferenciado claramente los espacios de actuación para cada rol, en el espacio de lo público el ser masculino y en el espacio de lo privado, el ser femenino.
Es a través del derecho y sus instituciones que se perpetúa la subordinación de mujeres con el objetivo de disciplinar y controlar los cuerpos, la sexualidad y la capacidad reproductiva.
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