La plusvalía municipal tras su inconstitucionalidad /

En 2017 el TC, a través de diversos pronunciamientos, se pronunció a favor de la inconstitucionalidad del IIVTNU en aquellos casos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial sino inexistente (virtual o ficticia). Por lo que respecta al ámbito del TRLRHL, el TC...

Descripción completa

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Calvo Vérgez, Juan (autor.)
Formato: Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Madrid : La Ley, 2022.
Edición:Segunda edición.
Colección:Temas (La Ley)
Materias:
Acceso en línea:https://elibro.net/ereader/siduncu/218732
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520 |a En 2017 el TC, a través de diversos pronunciamientos, se pronunció a favor de la inconstitucionalidad del IIVTNU en aquellos casos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial sino inexistente (virtual o ficticia). Por lo que respecta al ámbito del TRLRHL, el TC declaró la inconstitucionalidad y nulidad de sus arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4, si bien únicamente en la medida en que no hubiesen previsto excluir del tributo las situaciones inexpresivas de capacidad económica por inexistencia de incrementos de valor. A la espera de la aprobación de una nueva normativa que, a la luz de dicha declaración de inconstitucionalidad, proceda a regular ex novo dentro del RDLeg. 2/2004, tanto el hecho imponible como la base imponible del gravamen, ha sido la jurisprudencia del TS la encargada de clarificar si puede el juez ordinario entrar a valorar la existencia de incremento del valor de suelo puesto de manifiesto en la transmisión de un inmueble y, por consiguiente, si procede liquidar el gravamen en los términos fijados por la jurisprudencia del TC, así como si corresponde al ayuntamiento la carga de la prueba de que se ha producido el incremento de valor del inmueble transmitido.Esta monografía analiza el presente y el futuro del gravamen tanto en el ámbito del Derecho Común como en los distintos ordenamientos forales a la luz de los citados acontecimientos. Todo ello sin perjuicio de estudiar su estructura impositiva, con especial atención a elementos tales como el período de generación de la plusvalía, el devengo del gravamen, los distintos supuestos de exención y no sujeción aplicables, la aplicación de bonificaciones en la cuota o la gestión tributaria y catastral del Impuesto. 
588 |a Descripción basada en metadatos suministrados por el editor y otras fuentes. 
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