La pluralidad efectiva de socios según la jurisprudencia de la inspección general de justicia : Sobre la exigencia de la ficción por razones dogmáticas /

SUMARIO: I. Introducción: la exigencia de pluralidad efectiva de socios. - II. La sociedad ad extra cumple con lo exigido por la LSC. - III. El socio aparente ostenta el carácter de tal y asume la consiguiente responsabilidad. Su carácter de socio resulta de la LSC y del acto constitutivo, no del &q...

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Detalles Bibliográficos
Publicado en:Suplemento Especial de la Revista jurídica Argentina La Ley / Director Julio Cesar Rivera
Autor principal: Caputo, Leandro.
Formato: Sin ejemplares
Lenguaje:Español
Colección:Suplemento Especial de la Revista jurídica Argentina La Ley / Director Julio Cesar Rivera
Diciembre 2004
Materias:
Publicación relacionada:Contenido en: Suplemento Especial de la Revista jurídica Argentina La Ley / Director Julio Cesar Rivera
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520 # # |a SUMARIO: I. Introducción: la exigencia de pluralidad efectiva de socios. - II. La sociedad ad extra cumple con lo exigido por la LSC. - III. El socio aparente ostenta el carácter de tal y asume la consiguiente responsabilidad. Su carácter de socio resulta de la LSC y del acto constitutivo, no del "pactum fiduciae". - IV. Los motivos de los socios para constituir la sociedad son intrascendentes para el derecho. - V. El fundamento de la "necesidad" entre los socios es inexistente; su admisión impediría la existencia de los grupos de sociedades o la especialidad exigida en función del objeto. - VI. Ni el precedente "Macoa" ni la inoponibilidad de la personalidad jurídica resultan aplicables a la sociedad ad extra. - VII. La Inspección excede sus facultades, aun admitiendo el control de legalidad sobre los actos que se escriben en ella. - VIII. Ejemplos de países vecinos demuestran que el criterio de la Inspección va en sentido contrario a la realidad comercial. - IX. Conclusiones. 
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